(Este texto se publicó en la Revista Temas 311. La sanidad pública tras la pandemia. Nov 2020. pgs 31-32)
La pandemia de la COVID-19 ha mostrado las debilidades de los sistemas de salud, también del nuestro. Es preciso actuar con firmeza abordando cambios estructurales en aspectos clave. Uno de ellos es la política farmacéutica. Para poder lograr un nuevo sistema sanitario equilibrado y sostenible, dotado con personal suficiente, bien formado y motivado, con tecnología actualizada y con infraestructuras adecuadas, el gasto farmacéutico público debería tender a situarse en un máximo del 15% del gasto sanitario público total, reduciéndolo desde el 25% actual. Además, para garantizar la universalidad y el acceso a los medicamentos, se debería revertir (y por supuesto no ampliar) la transferencia del gasto a los pacientes a través de copagos, implementada con el RD 16/2012.
Las razones del gasto farmacéutico excesivo actual y su crecimiento imparable (4,2% en 2019 y 4,45% hasta mayo 2020) son principalmente dos. Una es la fijación para los nuevos medicamentos de precios muy altos, muy por encima de los costes de fabricación y de investigación. La segunda es una utilización inadecuada, sobre-prescripción, de los medicamentos. Ambas razones están ligadas a un mismo origen, el monopolio que conceden los Estados a las empresas farmacéuticas con las patentes y otras exclusividades. Ese monopolio les da fuerza para imponer precios altos y, con los beneficios obtenidos (varias veces por encima de la media de los demás sectores industriales), pueden presionar para aumentar el consumo de sus productos influyendo de manera determinante en el comportamiento de los médicos prescriptores, de los consumidores, y de otros decisores institucionales. Los sobreprecios y el consumo innecesario de medicamentos suponen más de 8.000 millones € anuales en España. Si se redujera ese sobre-gasto, podría ajustarse el gasto farmacéutico público a un 15% del gasto sanitario público total, mejorando la prestación farmacéutica y disminuyendo muchos efectos adversos evitables.
La política farmacéutica, por lo tanto, tiene que tener un primer componente que es trabajar para impulsar, a medio plazo, un nuevo modelo de financiación de la I+D de los medicamentos, desligado de los precios. Supone promover un nuevo Convenio Internacional en el que se prohíban las patentes de medicamentos y se desarrolle un fondo global, con él se financiarán investigaciones con prioridades fijadas según necesidades de salud, en una I+D cooperativa y abierta, cuyo resultado comercializable no tendrá licencia exclusiva para poder vender los productos a precio de fabricación. El Gobierno debería plantear una estrategia en la Unión Europea y en Naciones Unidas para avanzar en ese objetivo. Entre tanto sigan vigentes las patentes y los monopolios para medicamentos, se pueden aplicar una serie de políticas a corto plazo.
Aumentar la financiación pública en I+D en salud. No solamente de medicamentos, sino también de intervenciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, y tratamientos no farmacológicos. Esta financiación tendrá criterios de interés público (investigación abierta; posibles resultados comercializables con licencias no exclusivas, fijando precios de coste). Para financiar estas investigaciones se fijarán o aumentarán descuentos y/o aportaciones de la industria en función de las ventas, hasta un mínimo anual adicional de 2.000 millones €. Este fondo también servirá para financiar la formación de profesionales sanitarios y el patrocinio de sociedades científicas y asociaciones de pacientes.
Garantizar la independencia de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, así como de las personas que trabajen en los órganos ejecutivos o asesores de los Ministerios que tengan que ver con la autorización de medicamentos, o las decisiones de financiación y fijación de precios, mediante una financiación pública suficiente y un régimen severo de incompatibilidades y auditorías de control. La Agencia deberá aumentar la exigencia en los criterios de seguridad y eficacia de los medicamentos, no reducirla, así como promover estas exigencias en la Agencia Europea.
La negociación y fijación de precios se deberá hacer según los costes de fabricación y de investigación (como se estableció en el RD 271/1990). El precio será lo más cercano posible a dichos costes. Si la empresa afectada insistiera en fijar precios abusivos, el Gobierno aprobará Licencias Obligatorias, permitiendo fabricar o importar el genérico o biosimilar; para ello, se actualizará la legislación de tal manera que no haya duda jurídica para utilizar esta herramienta, considerando que un abuso de precios pone en cuestión la estabilidad del Sistema Sanitario.
Instar al Parlamento Europeo y al Consejo la eliminación de todas las exclusividades, y solicitar el refuerzo de las autoridades de la competencia para evitar la violación del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la UE, por abuso de posición dominante. Por otra parte, se deberán mejorar y fomentar los procedimientos de compras conjuntas de medicamentos en ámbito nacional y europeo.
Se promoverá una prescripción y consumo adecuado (segura, eficaz y eficiente) de medicamentos, evitando la sobre-medicación, y se sistematizarán programas de de-prescripción en todo el SNS. Para ello es clave garantizar a los profesionales formación continuada independiente de la industria, tiempo suficiente y medios adecuados en la consulta.
Es importante afianzar la producción nacional de medicamentos, tecnologías (CAR-T, etc.) y vacunas en plataformas públicas, así como desarrollar reservas estratégicas de medicamentos esenciales para situaciones de pandemia.
Debe garantizarse la transparencia de los datos de investigación, así como de los datos relativos costes, precios y contratos, facilitando información completa y objetiva tanto a los profesionales sanitarios como a la ciudadanía, en relación con los medicamentos y las alternativas de intervención frente a diferentes problemas de salud.
La política farmacéutica debe ser completa y coherente y tendrá que tener en cuenta las políticas europeas y el marco internacional. En este sentido, son buenas referencias la resolución del Parlamento Europeo de 10 de julio de 2020 y el Informe del Panel de Alto Nivel de la Secretaría General de Naciones Unidas de Septiembre de 2016.
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